martes, 31 de julio de 2012

Nos reducen la base de cotización


Traducción aproximada: el doctor quiere una muestra de su orina, sus heces y su semen. ¿Qué dice? Que necesita tus calzoncillos



 La Junta de Andalucía tiene la pretensión de bajarnos la base de cotización, y "adecuarla" a nuestras menguantes retribuciones.

La UGT informa que la reducción afecta a:

"Grupo A y B, no tienen afectación.
Grupo C. Su base de cotización se recorta en más o menos 275 euros.
Grupo D. Su base de cotización se recorta en más o menos 225 euros.
Grupo E. Su base de cotización se recorta en más o menos 200 euros. Cuando se inicie el período de la cotización de la paga de verano, en  diciembre de 2012, se volverá a cotizar por la base de cotización anterior a este recorte, siempre que no se produzcan nuevos recortes".

 Ello significa que en caso de jubilación, desempleo, accidente, enfermedad, etc., también cobraremos menos.

El sindicato CCOO nos indica que está realizando gestiones para que se nos mantenga la base de cotización que teníamos en 2010, más beneficiosa para nosotros en las contingencias mencionadas.

Recuerda: próxima convocatoria en Virgen del Rocío es hoy 1 de agosto en Edificio de Gobierno a las 8:30h. 

 La nota aclaratoria de CCOO en lo referido al descuento en la Base de Cotización, es esta:

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El Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, establece en su artículo 5 lo siguiente “a los efectos del cálculo de la base de cotización por todas las contingencias de los empleados públicos encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social cuyas retribuciones sean objeto del ajuste previsto en este Real Decreto-ley, en tanto permanezca su relación laboral o de servicio, seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 120. Dieciséis de la Ley 2/2012, de 29 de junio de Presupuestos Generales del Estado para 2012. Ello significa mantener la misma base de cotización por la que se cotizaba en diciembre de 2010.

Este artículo, junto con todo el Titulo I del RDL, según lo dispuesto en la disposición final cuarta, tiene la consideración de carácter básico, por lo que es de aplicación obligatoria para todos los empleados públicos. La Junta de Andalucía estaba obligada, por consiguiente, a mantener para sus empleados públicos la misma base de cotización de diciembre de 2010.

Días después, el 19 de julio, se publicó en el BOE una corrección de errores del Real Decreto Ley 20/2012, en la que desaparecía el carácter básico del referido artículo 5, aclarando que sólo es de aplicación para los empleados públicos de la Administración General del Estado, excluyendo, por consiguiente, a los empleados públicos de lascomunidades autónomas, ayuntamientos, diputaciones, etc.

La Junta de Andalucía ha decidido no aplicar el contenido de este artículo 5 a su personal, por lo que se cotizará en función del importe de su nómina, tras la aplicación de los recortes tanto nacionales como autonómicos. 

Por ello, el Área Pública de CCOO ha elaborado un escrito que se registrará el día 31 de julio, en la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía para que se nos aplique el contenido del artículo 5 del Real Decreto Ley, pues, de lo contrario, seríamos discriminados con respecto al personal de la Administración General del Estado.

En el escrito pedimos que aplique la salvaguarda de la cuantía de las futuras prestaciones de la Seguridad Social de sus empleados públicos que contiene el Real Decreto Ley 20/2012, manteniendo la base de cotización que tenían en el período anterior a los recortes salariales.

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